complemento de recepción de pagos 1.0 (CFDI ver 3.3)

 



Con el fin de tener mayor claridad acerca de los pagos realizados por cada comprobante fiscal emitido, para la nueva versión 3.3 dde CFDI se agrega un nuevo documento que es el CFDI de Pagos. A este tipo de CFDI siempre se le agrega un complemento fiscal, llamado "Complemento para recepción de Pagos".
La Resolución Miscelánea Fiscal vigente (RMF) en as reglas 2.7.1.32. y 2.7.1.35. establece que cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición -parcialidades- o bien cuando al momento de expedir el CFDI no reciba el pago de la contraprestación -pago diferido-, los contribuyentes deberán utilizar el mecanismo contenido en la regla 2.7.1.35.para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación.
El  mecanismo  establecido  en  la citada  regla  2.7.1.35. de  la  RMF  es  la  emisión  del  CFDI  que  incorpora  el complemento para recepción de pagos, también denominado Recibo Electrónico de Pago.
¿En qué consiste este documento?
Toda operación de compraventa de productos y/o servicios, genera una "obligación de pago" para la parte compradora. si la obligación se extingue al mismo tiempo de la operación de compra-venta, entonces se genera el CFDI de ingreso con la forma de pago del catálogo c_FormaPago que corresponda (ver la información de los nuevos catálogos del CFDI ver 3.3 haciendo clic aqui), y colocando el Método de pago PUE. Si, por lo contrario, la obligación no se extingue al 100% al momento de realizar la operación, la forma de pago del mismo deberá ser expresado con la clave "99 -Por definir-", y su método de pago será "PPD -Pago en Parcialidades o Diferido-", y en este caso, cuando los pagos sean realizados, por cada uno de ellos se deberá generar el CFDI que incluye el complemento para recepción de pagos, o también llamado "recibo de pago".
 ¿Cómo se integra el CFDI de recepción de pagos?
 Este documento, como todos los CFDI es un archivo XML que contiene varios "nodos".
La diferencia que tiene es que en este caso suceden dos cosas importantes:
  1. El CFDI ver 3.3 de pagos debe ser llenado en su mayoría con valores genéricos o en ceros, como puede leerse en la "Guía de llenado del CFDI al que se le agrega el complemento de recepción de pagos".
  2. Los datos específicos del pago en cuestión son llenados en una sección adicional, un "complemento fiscal" que en este caso es el "complemento de recepción de pagos" donde se capturarán todos los datos específicos del pago en cuestión.
Se seguirán realizando tantos CFDI de pagos como pagos sean recibidos, hasta extinguir la obligación.
Revisemos primero el  llenado dela parte "base del CFDI de recepción de pagos, la cual contiene exactamente los mismos campos que cualquier otro CFDI, la differencia, insistimos, es que lleva el compleento de recepción de pagos (que veremos más abajo) y la otra diferencia es la forma de llenarlo.
Comencemos:
En la parte "base" del CFDI de recepción de pagos no deben existir:
-FormaPago
-CondicionesDePago
-Descuento
-TipoCambio
-MetodoPago
-NoIdentificación
-Unidad

Los siguientes campos deben ir en cero:
-ValorUnitario
-Importe
-Subtotal
-Total

Los siguientes campos se llenan con valores genéricos:
-Moneda: Su valor debe ser "XXX"
-UsoCFDI: Su valor debe ser "P01"
-ClaveProdServ: Su valor debe ser "84111506"
-Cantidad: Su valor debe ser "1"
-Claveunidad: Su valor debe ser "ACT"
-Descripción:  Su valor debe ser "Pago"

Los siguientes nodos no deben existir:
-Impuestos
-Información Aduanera
-Cuenta Predial
-Complemento Concepto
-Parte
-Impuestos
Después de llenar el CFDI "base" se llena el Complemento de recepción de pagos o recibo de pagos. En realidad formará parte del mismo archivo XML, sólo es una sección adicional. Esta sección también deberá reflejarse en la representación impresa (archivo PDF).
Los campos del Complemento de recepción de pagos son:
 Tabla_llenado_complemento_de_pagos_Pegaso_Digital.png
El CFDI con complemento de recepción de pagos deberá emitirse a más tardar el décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago.
Cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos. Si el error consiste en que el CFDI con complemento de recepción de pagos no debió emitirse porque la obligación ya se habia extinguido, deberá sustituirse con otro con un importe de un peso.